El Registro Civil le negó a una familia conformada por una pareja de mujeres y sus tres hijos, inscribir a los menores de edad con los apellidos de ambas madres, aduciendo que en Costa Rica eso es ilegal.
Se trata del caso de una costarricense-española y su esposa, quienes se unieron civilmente en Suiza en el 2007 y en el 2010 tuvieron a sus dos primeros hijos, gemelos, por medio de un proceso de Fertilización in Vitro (FIV). En el 2013, tuvieron a su tercer hijo, también varón y de igual manera, por medio de FIV.
Según el abogado Marco Castillo, quien lleva el caso, a finales del 2010, cuando trataron de realizar el trámite, les indicaron que los menores solo pueden ser inscritos con los nombres de la madre progenitora (la mujer costarricense) y no con los de ambas.
Por tal razón, presentaron un recurso de amparo, que fue rechazado por la Sala de plano, aduciendo incompetencia. Lo elevaron a los Tribunales de Niñez, que a su vez lo trasladaron al Juzgado de Familia, ente que realizó una consulta constitucional nuevamente ante la Sala IV, para que se pronunciara al respecto.
Lo que plantea la pareja es que se les estarían violando los derechos plasmados en los artículos 53 y 54 de la Constitución Política, que se refieren a la calificación personal sobre la naturaleza de la filiación y se les viola el principio de co-maternidad.
La norma consultada señala que toda persona tiene el derecho y la obligación de tener un nombre que identifique a sus hijos, el cual estará formado por una o dos palabras usadas como nombre de pila, seguida del primer apellido del padre y del primer apellido de la madre, en ese orden.
Plantean que el Registro Civil parte de la definición de que el padre es un varón, y la madre una mujer, excluyendo cualquier otra posibilidad que permita desligar el concepto de «progenitor» de la de hombre y mujer.
Los tres pequeños nacieron en Barcelona, España, donde fueron reconocidos como hijos de ambas madres y llevan en primer lugar, el apellido de la costarricense quien es madre A (quien dio a luz) y seguido el de la madre B. El hijo pequeño, que nació por parto de la madre B, igual lleva primero el apellido de la costarricense, pues la Ley Española lo plantea así para no hacer distinción entre los menores.
Según Castillo, la costarricense trabaja en una empresa multinacional radicada en Suiza, pero pidió un traslado a Costa Rica, por lo que en enero se vendrían a vivir al país. Agrega que la pareja se conoció en Zurich en el 2005 y en el 2007 se unieron civilmente.
Corte de Derechos Humanos las reconoce como familia
Castillo agregó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en sentencia de marzo del 2012, reconoció a las parejas integradas por personas del mismo sexo como familias nucleares y con posibilidades de tener hijos si lo desean, lo que genera un precedente que debería de tomar en cuenta la Sala.
El documento oficial de la Corte dice:
“En consecuencia, ninguna norma, decisión o práctica de derecho interno, sea por parte de autoridades estatales o por particulares, pueden disminuir o restringir, de modo alguno, los derechos de una persona a partir de su orientación sexual”.
Castillo afirmó que la Sala está en la obligación de utilizar dicha sentencia como referente, debido a que es de acatamiento obligatorio.
“El ilegal”
Luis Bolaños, oficial mayor civil del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) explicó que la primera solicitud fue rechazada debido a que en Costa Rica solo se entiende como progenitores a la madre y al padre.
Agrega que actualmente no hay legislación que regule una pareja de dos mujeres o de dos hombres, menos el hecho de que tengan hijos o hijas.
“La legislación no contempla la posibilidad de inscribir personas como hijos de dos personas del mismo sexo. En este momento la legislación no lo permite, el tema de los apellidos y el nombre, hay países donde hay normas diferentes. En algunos países se permite el matrimonio del mismo sexo, en el de nosotros no está normado y por lo tanto no se permite inscribir a una persona con dos madres o dos padres”, dijo Bolaños.
Castillo agrega que si la Sala falla a favor, sería un importante avance en materia de derechos humanos.