La Procuraduría General de la República ya emitió un criterio sobre el levantamiento del veto a la reforma procesal laboral que realizó el presidente de la República en diciembre pasado.
“Asimismo, se concluye que en caso de que se declare la inconstitucionalidad del retiro del veto de inconstitucionalidad del año 2013, los efectos de esa sentencia anulatoria, se extenderían a todos los actos del procedimiento legislativo subsecuentes al retiro del veto de inconstitucionalidad. En consecuencia el retiro del veto por razones de oportunidad y conveniencia, retiro formalizado por Acuerdo Ejecutivo N.° 21-MP-MTSS-MJ de 12 de diciembre 15 de 2014 y por tanto también la consecuente sanción y promulgación del Decreto Legislativo N.° 9076, sería inconstitucional“, dicta el pronunciamiento.
Este documento se suma a los procesos realizados por la Sala IV para resolver la acción de inconstitucionalidad que presentaron varios diputados luego del decreto del Presidente Luis Guillermo Solís.
De acuerdo con el criterio, que se fundamenta en el que ya había dado la Procuraduría sobre el proyecto de Calle 13 Bis, no se puede levantar un veto en razones de inconstitucionalidad.
“Luego debe señalarse que cuando un veto se funde en razones de inconstitucionalidad, éste no puede ser retirado. Esto en el tanto, por tratarse de un mecanismo de control previo de constitucionalidad, existen razones de interés público que lo impiden, particularmente, en virtud del principio de supremacía constitucional”, determina el criterio.
La iniciativa había sido vetada por la administración Chinchilla Miranda alegando que permitía las huelgas en los servicios esenciales, lo que ponía en riesgo la prestación de salud, educación y seguridad.
Puede consultar el criterio de la Procuraduría aquí: Acción en contra del levantamiento del veto a la Reforma Procesal Laboral. doc